¿Qué es la comisión de protección al consumidor?
Es el órgano administrativo competente y especializado para conocer las presuntas infracciones a las disposiciones contenidas en la Ley de Protección al Consumidor, así como para imponer las sanciones administrativas y medidas correctivas establecidas en dicha norma, salvo que su competencia sea negada por norma expresa con rango de ley.
En el caso que un consumidor considere que sus derechos se han visto vulnerados, cuenta con dos vías para poder ver amparados sus derechos y así dar solución a su reclamo.
La primera consiste en un servicio de atención gratuita de reclamos, a cargo del Servicio de Atención al Ciudadano, en el cual las partes, consumidor y proveedor, pueden llegar a un acuerdo conciliatorio, procurando, mediante procedimientos sencillos y rápidos, atender y resolver con carácter vinculante y definitivo para ambas partes los reclamos de los consumidores.
La segunda vía corresponde al procedimiento formal de denuncias por presuntas infracciones a las normas de protección al consumidor, para cuyo inicio debe cumplirse con los requisitos establecidos por el Texto Único de Procedimientos Administrativos del INDECOPI.
¿Quiénes son consumidores?
Las personas naturales o jurídicas que adquieren, utilizan o disfrutan productos o servicios como destinatarios finales.
¿Quiénes son proveedores?
Aquellas personas naturales o jurídicas que realizan operaciones de venta de bienes o prestación de servicios de manera habitual o en establecimientos abiertos al público.
¿Qué productos o servicios?
Productos o servicios colocados en el mercado con la expectativa de una retribución económica.
Es el órgano administrativo competente y especializado para conocer las presuntas infracciones a las disposiciones contenidas en la Ley de Protección al Consumidor, así como para imponer las sanciones administrativas y medidas correctivas establecidas en dicha norma, salvo que su competencia sea negada por norma expresa con rango de ley.
En el caso que un consumidor considere que sus derechos se han visto vulnerados, cuenta con dos vías para poder ver amparados sus derechos y así dar solución a su reclamo.
La primera consiste en un servicio de atención gratuita de reclamos, a cargo del Servicio de Atención al Ciudadano, en el cual las partes, consumidor y proveedor, pueden llegar a un acuerdo conciliatorio, procurando, mediante procedimientos sencillos y rápidos, atender y resolver con carácter vinculante y definitivo para ambas partes los reclamos de los consumidores.
La segunda vía corresponde al procedimiento formal de denuncias por presuntas infracciones a las normas de protección al consumidor, para cuyo inicio debe cumplirse con los requisitos establecidos por el Texto Único de Procedimientos Administrativos del INDECOPI.
¿Quiénes son consumidores?
Las personas naturales o jurídicas que adquieren, utilizan o disfrutan productos o servicios como destinatarios finales.
¿Quiénes son proveedores?
Aquellas personas naturales o jurídicas que realizan operaciones de venta de bienes o prestación de servicios de manera habitual o en establecimientos abiertos al público.
¿Qué productos o servicios?
Productos o servicios colocados en el mercado con la expectativa de una retribución económica.
eXELENTE sitio este cultura, les dejo mi pagina tambien
ResponderEliminarhttp://proteccion-al-consumidor.blogspot.com/
QUE TAL PROFE COMO LE VA? SOMOS EL EQUIPO TECVISTA LE TENGO UNA PREGUNTA SOLO NOS TOCO ESTE TEMA O HAY OTRO MAS?
ResponderEliminarSALUDOS A LA BANDA DEL ITZ QUE SACA TODA LA INFO DE LAS EXPOSICIONES Y TRABAJOS DE ESTE PAGINA PARA CULTURA EMPRESARIAL VERDAD PROFA VILLAFAÑA? GRACIAS! :D
ResponderEliminarExcelente informacion fue de gran ayuda en mi investigacion de proteccion al consumidor
ResponderEliminarDONDE QUEDO LA PROFECO?
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